Registro de IVA
Cualquier operador que realice actividades empresariales o profesionales que les convierta en sujeto pasivo del impuesto, esté o no establecido, debe registrarse a efectos de IVA. Supuestos en los que es necesario el registro a efectos de IVA en España son las ventas en consignación y las transferencias de bienes entre la misma empresa.
Asimismo, la normativa comunitaria exige que los sujetos pasivos que realicen operaciones intracomunitarias estén identificados a efectos de IVA. Deberán suministrar o pedir el NIF o número de IVA a su proveedor o cliente. En caso contrario, la transacción tributará en origen.
Algunos casos en que es necesario o conveniente el registro a efectos fiscales en otro territorio son:
Liberar a los clientes extranjeros de las formalidades de IVA (autofacturación, intrastad, etc)
Venta a distancia
Operaciones triangulares y cuando intervienen más de tres operadores
Instalaciones comunitarias
Transferencias de mercancías a otros Estados cuando no se conoce todavía al comprador de las mismas.
Transferencias de mercancías a otros Estados para su almacenamiento hasta que se transmite la propiedad al cliente.
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